Obligaciones fiscales en agosto de 2026: calendario para autónomos y empresas
Aunque agosto sea el mes de vacaciones por excelencia, Hacienda no cierra por vacaciones. A fecha de 7 de agosto de 2026, autónomos, empresas y profesionales deben prestar atención a diferentes vencimientos tributarios que pueden producirse durante las próximas semanas.
En PERGOZ, asesoría fiscal, laboral y contable en la zona norte de Madrid, ayudamos a nuestros clientes a cumplir sus obligaciones sin prisas, errores ni sobresaltos. Porque descansar en verano es mucho más fácil cuando sabes que tus impuestos, nóminas y cuentas están en buenas manos.
Estas son las principales obligaciones fiscales de agosto de 2026 y las fechas que conviene marcar en el calendario.
¿Hay que presentar impuestos en agosto de 2026?
Sí. Sin embargo, es importante distinguir entre las obligaciones trimestrales habituales y las declaraciones mensuales o especiales.
Para la mayoría de los autónomos y pequeñas empresas con liquidación trimestral, agosto no concentra modelos tan conocidos como el Modelo 303 trimestral de IVA, los pagos fraccionados de IRPF mediante los modelos 130 y 131, o las retenciones trimestrales de los modelos 111 y 115.
Estas declaraciones correspondientes al segundo trimestre finalizaron en julio, mientras que las del tercer trimestre deberán presentarse durante octubre de 2026. (sede.agenciatributaria.gob.es
No obstante, agosto sí contiene vencimientos importantes para:
- Empresas con obligaciones tributarias mensuales.
- Grandes empresas.
- Entidades inscritas en el Registro de Devolución Mensual.
- Grupos de entidades de IVA.
- Empresas obligadas a presentar Intrastat.
- Negocios sujetos a impuestos especiales o medioambientales.
- Determinadas entidades financieras.
Por tanto, antes de dar por hecho que durante agosto no hay que presentar nada, conviene revisar la situación fiscal concreta de cada actividad.
12 de agosto de 2026: presentación de Intrastat
El primer vencimiento relevante del mes llega el 12 de agosto de 2026.
Las empresas y profesionales obligados a suministrar información estadística sobre comercio intracomunitario deberán presentar la declaración Intrastat correspondiente a julio de 2026. (sede.agenciatributaria.gob.es
Esta obligación puede afectar a negocios que realizan operaciones de introducción o expedición de mercancías con otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que se encuentren dentro de los supuestos y umbrales aplicables.
Desde PERGOZ recomendamos revisar:
- Las entradas y salidas de mercancías realizadas durante julio.
- Los códigos arancelarios utilizados.
- El país de origen y destino.
- El valor de las operaciones.
- El peso, las unidades y demás información estadística exigida.
Una declaración incorrecta o presentada fuera de plazo puede generar incidencias que una buena planificación permite evitar.
17 de agosto: domiciliación de determinadas declaraciones mensuales
Las grandes empresas y otros contribuyentes con obligaciones mensuales deben tener en cuenta que el plazo para domiciliar el pago puede finalizar antes que el plazo general de presentación.
En el caso de declaraciones mensuales como los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230, la domiciliación correspondiente a julio de 2026 puede realizarse hasta el 17 de agosto, mientras que la presentación general finaliza el día 20. (sede.agenciatributaria.gob.es
Este adelanto es especialmente importante durante las vacaciones. Esperar hasta el 20 de agosto puede impedir la domiciliación bancaria y obligar a utilizar otra modalidad de ingreso.
20 de agosto de 2026: retenciones para grandes empresas
Hasta el 20 de agosto de 2026, las grandes empresas deberán presentar las declaraciones mensuales de retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a julio.
Entre los modelos incluidos se encuentran:
- Modelo 111: retenciones de trabajadores, profesionales y determinadas actividades económicas.
- Modelo 115: retenciones sobre alquileres de inmuebles urbanos.
- Modelo 117: determinadas rentas procedentes de instituciones de inversión colectiva.
- Modelo 123: rendimientos del capital mobiliario.
- Modelos 124, 126 y 128: otras rentas y operaciones sujetas a retención.
- Modelo 216: rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente.
- Modelo 230: determinadas operaciones con participaciones o acciones.
Estas obligaciones corresponden a julio de 2026 y afectan específicamente a contribuyentes con periodicidad mensual. (sede.agenciatributaria.gob.es
¿Los autónomos deben presentar los modelos 111 y 115 en agosto?
Como norma general, un autónomo o pyme que presente estos modelos trimestralmente no tiene que volver a presentarlos en agosto. El segundo trimestre terminó en julio y la siguiente liquidación trimestral llegará en octubre.
Sin embargo, cada negocio puede tener obligaciones diferentes. Un cambio de actividad, volumen de operaciones, régimen tributario o situación censal puede alterar la periodicidad de sus declaraciones.
Por eso, desde PERGOZ, asesoría fiscal para autónomos y empresas en Madrid Norte, recomendamos comprobar siempre el calendario personalizado de cada contribuyente.
20 de agosto: impuestos especiales y medioambientales
El calendario tributario también establece diferentes vencimientos hasta el 20 de agosto relacionados con los impuestos especiales de fabricación.
Entre ellos se encuentran determinados supuestos correspondientes a los modelos 548, 566, 573 y 581, así como obligaciones del segundo trimestre o de meses anteriores mediante los modelos 561, 562 y 563.
También puede corresponder presentar:
- Modelo 560, relacionado con el Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- Modelo 592, correspondiente al Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables.
- Modelo 604, relativo al Impuesto sobre las Transacciones Financieras.
- Modelo 510, en determinados casos de destinatarios registrados y representantes fiscales. (sede.agenciatributaria.gob.es
)
Son obligaciones más específicas, pero resultan especialmente relevantes para empresas industriales, energéticas, financieras, logísticas o vinculadas a determinados productos.
31 de agosto de 2026: IVA mensual
Otro de los grandes vencimientos del mes se produce el 31 de agosto de 2026.
Los contribuyentes obligados a liquidar el IVA mensualmente deberán presentar la autoliquidación correspondiente a julio de 2026.
Las principales declaraciones son:
- Modelo 303: autoliquidación mensual del IVA.
- Modelo 322: modelo individual para grupos de entidades.
- Modelo 353: modelo agregado para grupos de entidades.
- Modelo 369: ventanilla única del régimen de importación.
- Modelo 380: operaciones asimiladas a las importaciones. (sede.agenciatributaria.gob.es
)
La liquidación mensual del IVA puede afectar, entre otros contribuyentes, a grandes empresas, entidades inscritas en el Registro de Devolución Mensual y entidades acogidas al régimen especial de grupos de IVA. (sede.agenciatributaria.gob.es
Atención a la domiciliación del Modelo 303
Aunque el plazo de presentación del IVA mensual correspondiente a julio finaliza el 31 de agosto, la domiciliación bancaria de los modelos 303 y 353 termina el 26 de agosto de 2026. (sede.agenciatributaria.gob.es
Es una fecha importante para cualquier empresa que quiera evitar desplazamientos, trámites adicionales o problemas de última hora.
Otras declaraciones mensuales hasta el 31 de agosto
El calendario de la Agencia Tributaria también recoge hasta el 31 de agosto:
- Modelo 170, sobre determinadas operaciones realizadas mediante tarjetas o pagos asociados a números de teléfono móvil.
- Modelo 196, relacionado con cuentas en entidades financieras y determinados rendimientos del capital mobiliario.
Ambas obligaciones corresponden a julio de 2026 y afectan principalmente a las entidades específicamente obligadas a suministrar esta información. (sede.agenciatributaria.gob.es
Las obligaciones laborales tampoco descansan en agosto
Además de los impuestos, las empresas deben mantener al día su gestión laboral durante todo el verano.
Agosto puede implicar:
- Elaboración y pago de nóminas.
- Gestión de vacaciones y ausencias.
- Altas y bajas de trabajadores.
- Comunicación de contratos y modificaciones.
- Tramitación de incapacidades temporales.
- Control del registro horario.
- Presentación y pago de seguros sociales.
- Preparación de finiquitos cuando finalice una relación laboral.
La planificación de vacaciones no puede provocar que una contratación, una baja o una incidencia laboral se comunique fuera de plazo. Contar con una asesoría laboral en Madrid Norte permite mantener la actividad bajo control incluso cuando parte del equipo está de vacaciones.
Agosto también es un buen mes para revisar la contabilidad
Aunque una empresa no tenga grandes vencimientos fiscales en agosto, este mes puede aprovecharse para actualizar y ordenar la contabilidad.
Desde PERGOZ recomendamos:
- Contabilizar las facturas pendientes.
- Revisar facturas emitidas y recibidas.
- Comprobar los saldos bancarios.
- Conciliar cuentas contables.
- Reclamar facturas impagadas.
- Revisar gastos deducibles.
- Detectar errores en declaraciones ya presentadas.
- Preparar el cierre del tercer trimestre.
- Estimar los impuestos que llegarán en octubre.
- Analizar la tesorería para afrontar los próximos pagos.
Una contabilidad actualizada permite tomar mejores decisiones y anticipar problemas antes de que llegue el siguiente trimestre fiscal.
Próximas obligaciones fiscales de septiembre de 2026
La planificación no debe terminar el 31 de agosto. Septiembre también contiene fechas importantes.
El 14 de septiembre finalizará el plazo para presentar Intrastat correspondiente a agosto de 2026. (sede.agenciatributaria.gob.es
Hasta el 21 de septiembre, las grandes empresas deberán presentar las retenciones mensuales de agosto. En esa misma fecha también vencerá, cuando corresponda, el Modelo 349 de operaciones intracomunitarias relativo a julio y agosto de 2026. (sede.agenciatributaria.gob.es
Finalmente, el 30 de septiembre terminará el plazo para presentar el IVA mensual de agosto mediante los modelos 303, 322 y 353, entre otras declaraciones. (sede.agenciatributaria.gob.es
Errores fiscales frecuentes durante las vacaciones
Los problemas más habituales durante agosto no suelen deberse a la complejidad de los impuestos, sino a la falta de organización.
Entre los errores que conviene evitar están:
- Pensar que la Agencia Tributaria cierra en agosto.
- No facilitar las facturas a la asesoría antes de marcharse.
- Confundir el plazo de domiciliación con el de presentación.
- No revisar las notificaciones electrónicas.
- Omitir facturas recibidas durante las vacaciones.
- Presentar una declaración sin comprobar los datos contables.
- Dejar sin comunicar una contratación o una baja.
- No anticipar la tesorería necesaria para pagar los impuestos.
Con una buena coordinación, agosto puede ser un mes tranquilo sin descuidar ninguna obligación.
PERGOZ: asesoría fiscal, laboral y contable en Madrid Norte
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Preguntas frecuentes sobre los impuestos de agosto de 2026
¿Un autónomo presenta el IVA trimestral en agosto?
Con carácter general, no. El IVA del segundo trimestre se presentó en julio y el correspondiente al tercer trimestre se presentará en octubre. Agosto sí puede incluir el IVA mensual para los contribuyentes sujetos a esta periodicidad. (sede.agenciatributaria.gob.es
¿Cuándo vence el Modelo 303 mensual en agosto?
El Modelo 303 mensual correspondiente a julio de 2026 puede presentarse hasta el 31 de agosto de 2026. Si se quiere domiciliar el resultado, el plazo termina el 26 de agosto. (sede.agenciatributaria.gob.es
¿Hay que presentar el Modelo 349 en agosto?
El calendario de 2026 sitúa la declaración recapitulativa correspondiente a julio y agosto hasta el 21 de septiembre de 2026, cuando resulte aplicable. (sede.agenciatributaria.gob.es
¿Hacienda envía notificaciones durante agosto?
Las vacaciones no deben llevar a desatender las comunicaciones administrativas. Es recomendable mantener activado un sistema de avisos y revisar periódicamente las notificaciones electrónicas.
Conclusión: disfruta del verano dejando tus obligaciones en manos de PERGOZ
A fecha de 7 de agosto de 2026, todavía quedan varios vencimientos tributarios importantes: Intrastat el día 12, determinadas declaraciones mensuales el día 20 y el IVA mensual el 31 de agosto.
No todos los modelos afectan a todos los contribuyentes. La clave está en conocer la situación censal, fiscal y laboral de cada negocio.
En PERGOZ, tu asesoría fiscal, laboral y contable en Madrid Norte, revisamos tus obligaciones, preparamos tus declaraciones y controlamos cada fecha para que puedas disfrutar del verano con tranquilidad.
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